La nueva normativa sobre el teletrabajo determina que es la propia empresa la que asumirá los costes del teletrabajo, es decir, aquellos destinados a equipos, herramientas y medios necesarios para poder trabajar telemáticamente. ¿Tendría consecuencias fiscales o de Seguridad Social?
El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, establece que las empresas sufragarán los costes que surgen por facilitar medios y herramientas de trabajo, como el ordenador, monitor, teclado, ratón, etc., e incluso aquellos originados por las sillas, mesas, material de oficina, luz, fibra óptica, etc.
La duda es si estos equipos y herramientas entregados son utilizados únicamente para el teletrabajo o si son utilizados también para el uso personal, en cuyo caso puede resultar aplicable el tratamiento fiscal y de Seguridad Social aplicable a las retribuciones en especie.
Algunas herramientas o medios telemáticos proporcionados a los trabajadores por parte de la empresa, como el teléfono móvil o el ordenador, pueden constituir una retribución en especie debido a que estos elementos se encuentran a disposición de los trabajadores y pueden ser utilizados con una finalidad personal, además de su uso para el teletrabajo.
La regulación del teletrabajo y la exigencia de proporcionar los medios necesarios para el trabajo a distancia dará lugar a un aumento de los costes empresariales e incluso un descenso de la retribución neta de los trabajadores por consecuencia de aplicar una mayor carga fiscal y unos descuentos en cotizaciones si estos medios son considerados como una retribución en especie.
Aunque solo se abonaran estos gastos proporcionalmente al tiempo de trabajo, se sigue entendiendo que existe una mayor retribución dado a que la familia del trabajador puede disfrutar de estos medios incluso en la parte proporcional del día de trabajo.
Esta incertidumbre, además de aquellas derivadas de la efectiva asunción de los costes originados por el teletrabajo, podrían suponer un obstáculo en el desarrollo del mercado laboral español. Incluso desmotivar esta modalidad de trabajo.
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